PRIMERA – OBJETIVO: La finalidad del presente instrumento es reglamentar el acceso a los beneficios de la TARJETA CLUB SAN BERNARDO, que otorgan los establecimientos adheridos que participan en el programa de beneficios (en adelante el “Programa”), conforme se establece en los presentes términos y condiciones (en adelante “Términos y Condiciones”).—————————————–
SEGUNDA – CONDICIONES PARA ADHERIRSE A LA TARJETA CLUB SAN BERNARDO: Podrán adherirse a la tarjeta CLUB SAN BERNARDO, únicamente quienes cumplan con los siguientes requisitos:
a) ser afiliado a SAN BERNARDO SERVICIOS SOCIALES SRL y ASOCIACIÓN MUTUAL SAN VALENTÍN, a excepción de los planes de “pre necesidad” -platino u oro- los cuales se encuentran expresamente excluidos.-
b) tener la totalidad de las cuotas de SAN BERNARDO SERVICIOS SOCIALES SRL, pagadas al día –sin registrar ninguna deuda, por períodos anteriores-, tanto sea en caso de los afiliados particulares, como en el caso del grupo familiar.-
c) ser personas físicas mayores de dieciocho (18) años de edad y con capacidad para contratar.-
d) tener domicilio dentro del territorio de la República Argentina –o en alguna de las localidades donde SAN BERNARDO SERVICIOS SOCIALES SRL, tuviera sucursales activas-.-
TERCERA – SOLICITUD DE SUSCRIPCIÓN: La persona que pretenda ser Socio, deberá completar la solicitud de suscripción (en adelante la “Suscripción”) para lo cual, podrá hacerlo por cualquiera de los medios habilitados –vía telefónica, casilla de correos, presencia, o bien, algún otro que disponga SAN BERNARDO SERVICIOS SOCIALES SRL-.-
CUARTA – REQUISITOS PARA GENERAR EL ALTA: El pretensor, deberá facilitar la siguiente información, que resulta excluyente, a los fines de generar el alta: a) nombre completo, b) DNI –ambas caras-, c) una casilla de correos –excepcionalmente, y en caso de contar con una casilla de email; se le solicitará que denuncie un número telefónico que posea la aplicación whatsapp y, asimismo, deberá agendar el teléfono corporativo de la empresa, a los fines de recibir información atinente a la tarjeta de beneficios. Dentro del plazo de veinte (20) días hábiles de completada y remitida la solicitud por parte del Socio, SAN BERNARDO SERVICIOS SOCIALES SRL, a su exclusivo criterio y decisión, determinará si acepta o rechaza la solicitud. El rechazo de la solicitud de Suscripción por parte de SAN BERNARDO SERVICIOS SOCIALES SRL no dará derecho a reclamo alguno, por ningún concepto. Aceptada la Suscripción, la Tarjeta será emitida en un plazo de diez (10) días hábiles a contar desde la mencionada confirmación, y una vez ocurrido esto último, se dará aviso al Socio, a fin que proceda a retirar el plástico, del lugar de expendio. La suscripción será por el plazo de doce (12) meses a contar desde la fecha en que SAN BERNARDO SERVICIOS SOCIALES SRL ha aceptado la misma. Vencido dicho plazo, la suscripción se renovará automáticamente por períodos iguales y sucesivos, salvo que SAN BERNARDO SERVICIOS SOCIALES SRL y/o el Socio “Titular” manifestasen lo contrario por medio de una notificación fehaciente.—————————————
QUINTA – SUSPENSIÓN Y/O CULMINACIÓN DE LA SUSCRIPCIÓN: SAN BERNARDO SERVICIOS SOCIALES SRL podrá suspender la suscripción que otorgará la calidad de Socio de la TARJETA CLUB SAN BERNARDO por: a) falta de pago de las cuotas de SAN BERNARDO SERVICIOS SOCIALES SRL dentro del plazo de vencimiento establecido en las mismas –en tal caso, quedan automáticamente suspendidas todas las tarjetas vinculadas al grupo familiar-; b) falsedad o adulteración de la información y datos que debieran ser proporcionados al momento de la solicitud de suscripción y por uso indebido de las normas previstas en el presente; c) no respetar el resultado de los sorteos –en lo referido a las bases y condiciones estipuladas para cada caso particular-; d) renuncia al plan de afiliación de SAN BERNARDO SERVICIOS SOCIALES SRL –en caso del grupo familiar, al renunciar su titular, quedan automáticamente suspendidas todas las tarjetas vinculadas al plan, a excepción que se designe un nuevo titular. En caso de renunciar algún adherente con asignación de tarjeta, únicamente quedará suspendida esta última, sin resultar afectadas las demás- e) fallecimiento del socio. SAN BERNARDO SERVICIOS SOCIALES SRL, podrá terminar la suscripción, sin expresar causa alguna y en forma unilateral y en cualquier momento, sin preaviso, y será notificado por medio de notificación escrita, quedando cumplida esta obligación, en caso de optar hacerlo por vía mail, a la casilla de correos denunciada por el Socio.———————————————————-
QUINTA – TARJETA CLUB SAN BERNARDO: Existen dos (2) categorías de Tarjeta: A) Tarjeta Socio Comercial (no comprendida dentro de las disposiciones generales del presente reglamento) y, B) Tarjeta Socio Afiliado, la que dará acceso a diferentes tipos de beneficios, que serán anunciados en cada oportunidad, y su otorgamiento quedará supeditado a las diferentes opciones que podrán ser consultadas en la página web www.sanbernardosrl.com.ar/clubsb. Se entrega una (1) tarjeta para el titular del plan, y como máximo, dos (2) tarjetas más para los adherentes –en caso de grupo familiar-. La emisión de la/s primera/s tarjeta/s, es sin cargo para sus adjudicatarios, y en caso de reimpresión de las mismas, el costo será asumido por el socio a cuyo nombre se expida, y su valor, se ajustará al valor “dólar comercial (turista)” vigente a la fecha de la solicitud. La Tarjeta referenciada, es para la identificación del Socio, y lo habilita a operar en los establecimientos adheridos al Programa de beneficios y permitirá registrar la utilización de los beneficios por parte del Socio, en la compra o contratación que se realice en los establecimientos adheridos al Programa. Las Tarjetas son personales e intransferibles y sólo podrán ser utilizadas por la persona a cuyo nombre estén extendidas –acompañando ante cada gestión realizada con ella, el DNI del usuario de la tarjeta-. Las Tarjetas no tienen fecha de vencimiento, por lo cual se mantendrán vigentes durante el plazo de la Suscripción. Las Tarjetas no son tarjetas de crédito, ni de compra, ni de débito, no sirven como medio de pago y son de exclusiva propiedad de SAN BERNARDO SERVICIOS SOCIALES SRL, quien se reserva el derecho de solicitar la devolución de las mismas cuando se haga un uso indebido de ellas, reservándose, asimismo, el derecho de solicitar la devolución de las Tarjetas por cualquier otro motivo que perjudique el normal desarrollo del Programa –SAN BERNARDO SERVICIOS SOCIALES SRL se reserva el derecho de iniciar las acciones legales que correspondan contra cualquier persona que intente un uso fraudulento o indebido de una Tarjeta y/o de los beneficios proporcionados por ella-.——————————————————————-
SEXTA – BENEFICIOS: El titular y adherentes a quienes se les expida las demás tarjetas, podrá acceder a beneficios en la compra de productos o contratación de servicios en los establecimientos adheridos a este Programa (en adelante los “Establecimientos adheridos”) los que serán anunciados en cada oportunidad en el Sitio web www.sanbernardosrl.com.ar/clubsb, Facebook -@club.sanbernardo- e Instagram -@clubsanbernardo-. Los beneficios serán otorgados exclusivamente por los propietarios de los Establecimientos adheridos, al momento de la adquisición de un bien o contratación del servicio en dicho establecimiento. Los beneficios podrán consistir en descuentos variables en la adquisición de bienes o contratación de servicios, vendidos o provistos por los Establecimientos adheridos, los cuales serán informados oportunamente por medio del Sitio y por cualquier otro medio que SAN BERNARDO SERVICIOS SOCIALES SRL considere adecuado (en adelante los “Beneficios”). En algunos casos se establecerá el límite disponible para utilizar el Beneficio por parte de los Socios, comunicándose a los mismos, el stock disponible en cada ocasión. En consecuencia, SAN BERNARDO SERVICIOS SOCIALES SRL, no se responsabiliza por el efectivo uso, la mala utilización o la imposibilidad de utilización sobreviviente de los Beneficios. SAN BERNARDO SERVICIOS SOCIALES SRL no otorga garantía de calidad, evicción, vicios ocultos, funcionamiento, ni ninguna otra, con relación a los productos adquiridos en relación a los beneficios informados en el sitio web, debiendo dirigirse cualquier reclamo, al Comercio correspondiente –Ley N° 24.240-. SAN BERNARDO SERVICIOS SOCIALES SRL, tampoco será responsable de los daños y/o perjuicios que sufrieren los adquirentes o terceros, en sus personas o bienes, debido a o en ocasión de la utilización del beneficio. En ningún caso y bajo ninguna circunstancia estará permitido canjear Beneficios por dinero en efectivo.———————————————————————————————–